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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN INTERNA
DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS

APROBADOS
POR EL I CONGRESO DEL PARTIDO POPULAR EN ESTADOS UNIDOS
NEWARK, NUEVA JERSEY, 30 DE ABRIL DE 2006

 

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
   Artículo 1: Constitución, fines y domicilio
   Artículo 2: Ideología
   Artículo 3: Compromiso político
TÍTULO PRIMERO - DE LOS AFILIADOS, DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN EL PARTIDO Y DEL REGIMEN DISCIPLINARIO
   CAPÍTULO PRIMERO: DE LOS AFILIADOS, DE SUS DERECHOS Y DEBERES
      Artículo 4 : De los afiliados
      Artículo 5: De las solicitudes de afiliación
      Artículo 6: Derechos de los afiliados
      Artículo 7: Deberes de los afiliados
      Artículo 8: De los simpatizantes
      Artículo 9: Pérdida de la condición de afiliado
   CAPÍTULO SEGUNDO: DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO
      Sección primera: DE LAS INFRACCIONES DISCIPLINARIAS
         Artículo 10: El régimen disciplinario
      Sección segunda: DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR
         Artículo 11: El Procedimiento Disciplinario; Tramitación y Medidas Cautelares
   CAPÍTULO TERCERO: DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN EL PARTIDO
      Artículo 12 : De los Foros y el Portal en la red
TÍTULO SEGUNDO - DE LA ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA GENERAL DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS
   CAPÍTULO PRIMERO: DE LOS ÓRGANOS DEL PARTIDO
      Artículo 13: Los Órganos del Partido Popular de España en Estados Unidos
      Artículo 14 : La oficina del PPE-USA
   CAPÍTULO SEGUNDO: DE LOS CONGRESOS DEL PARTIDO
      Artículo 15 : El Congreso
      Artículo 16: El Congreso Ordinario
      Artículo 17: El Congreso Extraordinario
      Artículo 18: Los Compromisarios
      Artículo 19: Competencias de los Congresos
      Artículo 20: Proceso electoral interno
   CAPÍTULO TERCERO: DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL PARTIDO ENTRE CONGRESOS
      Sección Primera: DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS
         Artículo 21: Régimen de la Junta Directiva
         Artículo 22: Competencias de la Junta Directiva
         Artículo 23: Composición de la Junta Directiva
      Sección Segunda: DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS
         Artículo 24: Régimen y Composición del Comité Ejecutivo
         Artículo 25: Competencias del Comité Ejecutivo
         Artículo 26: Organización interna del Comité Ejecutivo
      Sección Tercera: DE LA CONVENCIÓN DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS
         Artículo 27: La Convención del PPE-USA
      Sección Cuarta: DE LA PRESIDENCIA
         Artículo 28: El Presidente del PPE-USA
      Sección Quinta: DE LA SECRETARÍA GENERAL
         Artículo 29: El Secretario General
         Artículo 30: Los Vicesecretarios generales
         Artículo 31: Los Secretarios de Área
         Artículo 32: El Tesorero
         Artículo 33 : Las Delegaciones Territoriales
   CAPÍTULO CUARTO: DE LOS ÓRGANOS ESPECIALIZADOS
      Sección Primera: DEL COMITÉ ELECTORAL
         Artículo 34 : Régimen y competencias del Comité Electoral
TÍTULO TERCERO - DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL Y ECONÓMICO DEL PARTIDO
   Artículo 35: Régimen Patrimonial
   Artículo 36: Ejercicio económico y Presupuestos
TÍTULO CUARTO - DE LAS NUEVAS GENERACIONES DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS
   Artículo 37: Carácter, afiliación y régimen
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIÓN FINAL


 

PREÁMBULO

El Partido Popular de España en Estados Unidos (en adelante PPE-USA) es la organización del Partido Popular en los Estados Unidos.

El PPE-USA no es un partido conformado por élites, por grupos bien definidos, de entre los residentes españoles en Estados Unidos. Es un partido en el que tienen cabida todas las personas de la sociedad española, en la más amplia diversidad que configura y caracteriza al entorno español y norteamericano, en el que vivimos.

El PPE-USA comenzó su andadura en el año 1994 Desde entonces, ha funcionado la Comisión Gestora, como organización provisional. La labor de la Gestora termina con la celebración del Primer Congreso del PPE-USA, el 30 de abril de 2006.

La vida del PPE-USA se ha caracterizado por su progresiva implantación en todas las instancias que comportan la sociedad española en Estados Unidos. Culminamos ese proceso mediante la presencia de miembros electos de nuestro partido, en los organismos de representación institucional de la emigración : Consejo de Residentes Españoles de Estados Unidos y Consejo General de la Emigración. Además, el PPE-USA promueve y coordina una entidad cívica, para la protección de los derechos de los españoles en Estados Unidos y goza de destacada presencia, en instituciones españolas de diversa naturaleza.

El Reglamento de Organización Interna del PPE-USA

El artículo 21 de los Estatutos del Partido Popular estipula que « Las diversas organizaciones territoriales del Partido fijarán en sus respectivos Reglamentos de Organización, el régimen de funcionamiento interno de cada una de ellas, estableciendo además los mecanismos de coordinación y estudio que estimen convenientes para la mejor eficacia de las mismas. »

Además, la importancia creciente de la presencia en el exterior del Partido Popular hizo que, en el XIV Congreso Nacional, celebrado en Enero de 2002, se adoptaran las medidas necesarias para dar la oportunidad de organizar, con personalidad propia, las sedes del PP en el extranjero. En este sentido, el XIV Congreso Nacional sentó las bases de la organización del Partido en el exterior.
Por otra parte, el XV Congreso Nacional, celebrado en Madrid los dias 1 a 3 de octubre de 2004 acordó, entre otros, que los afiliados pueden serlo a título de militantes o de simpatizantes, teniendo los militantes un mayor grado de compromiso político.

El Reglamento de Organización Interna que a continuación se presenta establece las normas y constituye el marco en el cual se debe desarrollar la actividad del PPE-USA y la de sus afiliados. Contempla la situación actual del Partido y prevé su desarrollo en el espacio y en el tiempo.

El PPE-USA, desde su ámbito territorial, impulsa y colabora al fortalecimiento del proyecto de centro reformista, capaz de producir cambios, graduales y profundos, en la sociedad española, que permitan crear un mayor número de ocasiones de acceso del individuo a su más adecuada realización, como miembro de una comunidad en la que, dentro de la diversidad, existe una precisa identidad de valores.

El PPE-USA quiere distinguir su actuación general por un compromiso renovado con el derecho a la vida, la integración y el respeto a las minorías y la defensa y solidaridad con las víctimas de la violencia en todas sus manifestaciones, así como la protección del medio ambiente. Asimismo, el PPE-USA colabora preferentemente con las formaciones políticas norteamericanas cuya afinidad ideológica nos une y que comparten esta preocupación cívica, con el objetivo de extender estos valores, su vigencia social y legislativa.

El PPE-USA da importancia prioritaria al diálogo interno, inspirado en la libertad y en la solidaridad y, por ello, abre las puertas a sus afiliados para que participen en la vida del Partido.

Por todo ello, el PPE-USA se dota del presente R E G L A M E N T O:

 

TÍTULO PRELIMINAR

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: Constitución, fines y domicilio

1. 1 El Partido Popular de España en Estados Unidos, se constituye como organización del Partido Popular y se rige por las disposiciones legales vigentes, por los Estatutos del Partido Popular y reglamentos que los desarrollen y por el presente Reglamento de Organización Interna.

1.2 Sus fines esenciales son, desde el ámbito geográfico de los Estados Unidos, el apoyo sin reserva alguna al Partido Popular, la contribución democrática a la determinación de la política española dentro de la filosofía del humanismo cristiano y a la formación de la voluntad de los ciudadanos, asi como promover desde posiciones de centro reformista su participación en la instituciones representativas en la vida pública de los españoles en Estados Unidos mediante la formulación de programas y presentación y apoyo de candidatos en las elecciones en las que participe.

1.3 La sede del Partido Popular de España en Estados Unidos se fijará en New Jersey. Su traslado, previo acuerdo de la Junta Directiva del Partido, deberá notificarse a los órganos jerárquicamente superiores y a los afiliados de su ámbito territorial, sin necesidad de modificar el presente Reglamento.

1.4 Las siglas del Partido Popular de España en Estados Unidos serán PPE-USA y el logotipo del Partido estará integrado por las palabras « Partido Popular de España en Estados Unidos ». Tales palabras estarán cobijadas bajo un símbolo que representa una gaviota con las alas desplegadas.

Artículo 2: Ideología

2.1 El Partido Popular de España en Estados Unidos se define como una formación política de centro reformista al servicio de los intereses generales de España, que tiene a la persona como eje de su acción política y el progreso social como uno de sus objetivos. Con clara vocación europea e inspirado en los valores de la libertad, la democracia, la tolerancia y el humanismo cristiano de tradición occidental, defiende la dignidad del ser humano y los derechos y libertades que le son inherentes; propugna la democracia y el Estado de Derecho como base de la convivencia pluralista en libertad; promueve, dentro de una economía de mercado, la solidaridad territorial, la modernización y la cohesión social, así como la igualdad de oportunidades y el protagonismo de la sociedad a través de la participación de los ciudadanos en la vida política; aboga por una comunidad internacional fundamentada en la paz y en el universal respeto de los derechos humanos.”

2.2 El PPE-USA velará especialmente por la salvaguardia de los derechos políticos, económicos y sociales de los españoles residentes en Estados Unidos, y de sus familias, y promoverá que el Estado español oriente su política hacia su retorno.

2.3 El PPE-USA promoverá y favorecerá la participación activa de españoles residentes en Estados Unidos en las instituciones y organismos consultivos especializados en asuntos relacionados con la emigración, tanto en España como en Estados Unidos.

2.4 El PPE-USA promoverá y fomentará la participación y la concurrencia de candidatos afiliados al Partido en las elecciones en las que se contemple el derecho de sufragio activo y pasivo de los españoles residentes en Estados Unidos.

Artículo 3: Compromiso político

3.1. El PPE-USA quiere distinguir su actuación general por un compromiso renovado con el derecho a la vida, la integración y el respeto a las minorías y la defensa y solidaridad con las víctimas de la violencia en todas sus manifestaciones, así como la protección del medio ambiente.

3.2. Asimismo el Partido Popular de España en Estados Unidos colabora preferentemente con las formaciones políticas estadounidenses que comparten esta preocupación cívica, con el objetivo de extender estos valores, su vigencia social y legislativa, en los respectivos paises.

TÍTULO PRIMERO - DE LOS AFILIADOS, DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN EL PARTIDO Y DEL REGIMEN DISCIPLINARIO

CAPÍTULO PRIMERO: DE LOS AFILIADOS, DE SUS DERECHOS Y DEBERES

Artículo 4: De los afiliados

4.1 Podrá afiliarse al PPE-USA cualquier español mayor de edad, residente en Estados Unidos que no pertenezca a otro partido político, salvo si se tratase de una organización política de ideología afin a la del Partido Popular.

4.2 La solicitud de afiliación se realizará por escrito según modelo aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional, siendo preciso que vaya avalada por la firma de dos militantes del Partido Popular y exprese la cuota a satisfacer, debiendo presentarse, necesariamente, ante el Comité Ejecutivo del PPE-USA.

4.3 El procedimiento de afiliación seguirá los mismos pasos administrativos que el definido
en los Estatutos del Partido Popular, con las únicas salvedades que se detallan a
continuación :

• Todo nuevo afiliado tendrá derecho a recibir en el plazo máximo de un mes desde la aprobación definitiva de su afiliación, un ejemplar de los Estatutos Nacionales y del Reglamento de Organización del PPE-USA .

• El Comité Ejecutivo del PPE-USA resolverá sobre la procedencia o denegación de la admisión. Si admite la solicitud de afiliación, la Secretaría General del Partido Popular de España en Estados Unidos lo comunicará a la sede central del Partido Popular para su inscripción en el Censo Nacional del Partido. Si rechaza la solicitud de afiliación, deberá comunicarlo al solicitante dentro de los diez dias siguientes al de la fecha del acuerdo, que deberá ser motivado, disponiendo éste de un plazo de treinta dias hábiles para interponer recurso ante el Comité Ejecutivo Nacional que resolverá definitivamente.

4.5 Los afiliados al Partido Popular de España en Estados Unidos podrán ser militantes y
simpatizantes.

4.6 La condición plena de militante se adquiere en la fecha en que su alta quede reflejada
en el Censo Nacional del Partido. La adquisición de la condición plena de militante
exigirá, además, que se haya abonado la primera cuota.

4.6 Los Órganos de Gobierno del PPE-USA conservarán los libros y ficheros de afiliación con la mayor reserva y discreción y de acuerdo con lo prescrito en las disposiciones vigentes de protección de datos de carácter personal. Para la revisión de los libros y ficheros que custodia el Partido Popular de España en Estados Unidos, será necesario que lo soliciten el 10 por 100 de los afiliados. Los Órganos superiores del Partido, podrán tener acceso en todo momento a los libros y ficheros del PPE-USA.

4.7 Los solicitantes de afiliación al Partido con edades comprendidas entre 18 y 28 años,
podrán afiliarse automáticamente a Nuevas Generaciones del PPE-USA si así lo solicitan
expresamente en la ficha de afiliación.

Artículo 5: De las solicitudes de afiliación

La solicitud de afiliación implica :

1. La aceptación de los principios que cimentan el pensamiento político del Partido Popular y sus programas de gobierno.

2. El compromiso de cumplir los Estatutos y Reglamentos del Partido.

3. La aceptación de un deber de lealtad al Partido y a sus dirigentes, de cumplir las directrices acordadas por sus Órganos y de aceptar una plena discreción y reserva respecto de sus trabajos y documentos.

4. El compromiso de profesar una honestidad de comportamiento en la vida pública que refleje la imagen del Partido.

Artículo 6: Derechos de los afiliados

Todos los afiliados que se encuentren al corriente de pago de sus cuotas tienen iguales derechos y, entre otros, los siguientes :

a) Participar activamente en la elaboración y adopción de las resoluciones y programas del Partido mediante la libre expresión y defensa de sus opiniones en el ejercicio del debate interno a través de los cauces que estatutaria y reglamentariamente se establezcan.

b) Elegir y ser elegido compromisario para asistir con voz y voto a los Congresos del Partido.

c) Concurrir como candidato a formar parte de los Órganos de Gobierno del Partido.

d) Controlar la acción política del Partido y de sus representantes en las instituciones públicas, canalizando sus criterios y valoraciones a través de los Órganos internos.

e) Ser informado sobre las actividades del Partido.

f) Ser seleccionado para formar parte de las candidaturas que el Partido presente en los diferentes procesos electorales en función de los requisitos de capacidad exigidos para los mismos.

g) Recibir información con la periodicidad que se acuerde sobre las decisiones adoptadas por el Partido en sus órganos colegiados, así como sobre las políticas que se desarrollan en las distintas instituciones públicas.

Artículo 7: Deberes de los afiliados

1. Todos los afiliados tienen iguales deberes y, entre otros, los siguientes :

a) Respetar pública y privadamente el honor y la imagen del Partido, de sus Órganos y de todos sus afiliados.

b) Cumplir los Estatutos, Reglamentos y demás normas que constituyen el ordenamiento interno del Partido, las instrucciones y directrices emanadas de sus Órganos de Gobierno y grupos institucionales, y ajustar su actividad política a los principios, fines y programas del Partido Popular.

c) Asistir a las convocatorias que con carácter personal o general efectúe el Partido y asumir y cumplir con diligencia y responsabilidad las funciones y trabajos que se les encomienden.

d) Guardar secreto de los acuerdos y deliberaciones de los Órganos de Gobierno y grupos institucionales a los que pertenezcan y observar las pautas de comportamiento que exige el respeto al principio de la democracia interna.

e) Devolver al Partido la representación institucional que ostenten en nombre de éste cuando se den de baja voluntariamente, cuando abandonen sus grupos institucionales, cuando asi sean requeridos como consecuencia de sanción disciplinaria firme dictada por los Órganos competentes, y además en cualesquiera de los supuestos contemplados en los Estatutos, en el presente Reglamento y en el artículo siguiente.

f) Participar en los procesos electorales como interventores o apoderados del Partido cuando sean requeridos para ello.

g) Colaborar activamente en las campañas electorales.

h) Difundir los principios ideológicos y el proyecto político del PP.

i) Abonar con la periodicidad señalada las cuotas correspondientes.

2. Los afiliados del PPE-USA atemperarán su acceso a los cargos públicos o a los puestos de dirección internos del Partido a los criterios que, en materia de incompatibilidades de cargos y puestos, se establecen en los Estatutos del Partido Popular.

Artículo 8: De los simpatizantes

8.1 Los simpatizantes podrán participar en todos los actos convocados por el PPE-USA, ser
informados de las actividades del partido, participar en las campañas electorales, y ser
interventores y apoderados.

8.2 Los simpatizantes tendrán el deber de respetar la imagen del PPE-USA, de sus órganos y de todos sus afiliados, así como de cumplir los Estatutos, Reglamentos y demás normas que constituyen el ordenamiento interno del Partido Popular.

 

Artículo 9: Pérdida de la condición de afiliado

9.1 La condición de afiliado del PPE-USA se extingue automáticamente por fallecimiento, por renuncia expresa del interesado y, además, por las causas expresadas en el artículo 8 de los Estatutos del Partido Popular.

9.2 La declaración de pérdida automática de la condición de afiliado, la acordará de forma
motivada el Comité Ejecutivo, dando al afiliado inmediato traslado por escrito del tenor
literal de la resolución a su última dirección conocida. Este podrá recurrir en el plazo de quince días hábiles ante el Comité Nacional de Derechos y Garantías, quién resolverá lo
procedente.

9.3. En cualquier caso, la declaración de baja o pérdida automática de la condición de afiliado
se comunicará al Comité Nacional de Derechos y Garantías para su constancia y éste lo
notificará al Departamento Central de Ficheros del Partido y al interesado.

CAPÍTULO SEGUNDO: DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Sección primera: DE LAS INFRACCIONES DISCIPLINARIAS

Artículo 10: El régimen disciplinario

El régimen disciplinario del PPE-USA se guiará esencialmente por el definido en el Título Primero, Capítulo Segundo de los Estatutos del Partido Popular, al que se remite este Reglamento en cuanto a la definición y clasificación de las irregularidades y a la graduación y prescripción de las sanciones que puedan ser impuestas por el Comité de Derechos y Garantías del PPE-USA.

Sección segunda: DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR

Artículo 11: El Procedimiento Disciplinario; Tramitación y Medidas Cautelares

11.1 El Procedimiento Disciplinario del Partido PPE-USA se regirá por lo dispuesto en la Sección Segunda del Capítulo Segundo de los Estatutos del Partido Popular.

11.2 Hasta tanto no se produzca una resolución firme, el Comité Ejecutivo podrá adoptar las
medidas cautelares que estime procedentes, sin que la adopción de tales medidas
prejuzgue el resultado del expediente disciplinario.

CAPÍTULO TERCERO: DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN EL PARTIDO

Artículo 12 : De los Foros y el Portal en la red

Los Foros son un instrumento de participación activa que se constituyen como un punto de encuentro de ideas y opiniones donde todos los ciudadanos tienen cabida y participación. A través de ellos el PPE-USA quiere trasladar a la sociedad sus propuestas y posiciones y a la vez recoger de la misma, sugerencias e inquietudes que contribuyan a mejorar la decisión a adoptar.

En cualquier caso, el Partido procurará el más ágil seguimiento y contestación de cuantas demandas, iniciativas, consultas o sugerencias se planteen a través de los referidos instrumentos y contribuyan a enriquecer la actividad política del Partido.

El Portal en la red del PPE-USA ( www.partidopopular.us ) facilita la comunicación directa con los ciudadanos.

 

TÍTULO SEGUNDO - DE LA ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA GENERAL DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS
CAPÍTULO PRIMERO

CAPÍTULO PRIMERO: DE LOS ÓRGANOS DEL PARTIDO

Artículo 13: Los Órganos del Partido Popular de España en Estados Unidos

13.1 La organización del PPE-USA se estructurará necesariamente en el ámbito de los Estados Unidos de América. La estructura organizativa de las unidades de acción de rango inferior se aprobará por el Comité Ejecutivo y en los presentes Estatutos quedan definidas las Territoriales.

13.2 El gobierno de la organización territorial del PPE-USA se llevará a cabo mediante Órganos colegiados y Órganos unipersonales, cuyos miembros tendrán la condición de afiliados. Son Órganos colegiados : el Congreso, la Junta Directiva y el Comité Ejecutivo. Son Órganos unipersonales : el Presidente y el Secretario General.

13.3 El Comité Electoral y el Comité de Derechos y Garantías son Órganos especializados del
Partido.

Artículo 14: La oficina del PPE-USA

La oficina del PPE-USA es un órgano de gestión cuya finalidad básica estriba en la aplicación práctica de los acuerdos adoptados por los Órganos de Gobierno del PPE-USA y conforme a las directrices de ejecución emanadas de éstos.

CAPÍTULO SEGUNDO: DE LOS CONGRESOS DEL PARTIDO

Artículo 15: El Congreso

El Congreso es el Órgano supremo del PPE-USA. Serán de naturaleza ordinaria o extraordinaria según se celebren por expiración del mandato temporal o como consecuencia de situaciones especiales no vinculadas a ese hecho.

Artículo 16: El Congreso Ordinario

16.1 El Congreso Ordinario del Partido se celebrará cada tres años, atendiendo a los siguientes principios básicos :

a) La convocatoria del Congreso corresponderá a la Junta Directiva. En el acuerdo de convocatoria deberá señalarse la fecha y lugar de celebración del Congreso, asi como el título de las ponencias a debatir y la referencia a la persona o personas, Órgano de Gobierno o comisión del Partido encargados de su redacción y defensa.

b) El Comité Ejecutivo aprobará el Reglamento y horario del Congreso y podrá delegar en una Comisión creada al efecto todos los trabajos de organización necesarios para el desarrollo de aquél. El Congreso quedará válidamente constituido en la hora, fecha y lugar de su convocatoria, cualquiera que sea el número de asistentes.

16.2 La convocatoria del Congreso deberá efectuarse dentro de los cuatro meses siguientes a la celebración del Congreso Nacional, salvo si el Comité Ejecutivo Nacional dispusiera en su caso lo contrario en razón de los intereses generales del Partido.

16.3 La convocatoria del Congreso no se considerará firme hasta su ratificación por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Popular.

Artículo 17: El Congreso Extraordinario

17.1 La celebración del Congreso Extraordinario exige debate previo, fijado en el orden del
dia del Comité Ejecutivo, y resolución final de convocar adoptada por la mayoría de dos
tercios de los componentes de aquélla. En el Congreso Extraordinario no será obligatorio
el debate de ponencias. El plazo mínimo que habrá de mediar entre la fecha de
convocatoria y la de celebración será de un mes.

17.2 La vigencia de los Órganos y acuerdos emanados del Congreso Extraordinario será la
establecida para el Congreso Ordinario.

Artículo 18: Los Compromisarios

18. 1 Todos los afiliados militantes del PPE-USA (incluidos los de Nuevas Generaciones), que estén al corriente de pago de su cuota, serán compromisarios.

18.2 Si el Comité Ejecutivo tomase un acuerdo distinto a lo dispuesto en el párrafo anterior, se
aplicarán por analogía las disposiciones de los Estatutos del Partido Popular.

18.3 Podrán ser invitados a asistir al Congreso personalidades españolas o extranjeras, pertenecientes a Partidos afines al PPE-USA, que podrán dirigirse verbalmente al Congreso.

Artículo 19: Competencias de los Congresos

19.1 El Congreso del PPE-USA ostenta las facultades siguientes :

a) Aprobar o censurar, en su caso, la actuación desarrollada desde el anterior Congreso Ordinario por el Comité Ejecutivo y por su Junta Directiva correspondiente.

b) Aprobar o modificar su propia normativa reglamentaria y organizativa sin poder alterar el conjunto de normas de rango superior.

c) Conocer las cuentas relativas a la organización territorial del Partido Popular de España en Estados Unidos, y aprobar o censurar dichas cuentas.

d) Configurar las normas políticas básicas para la dirección del Partido en su ámbito territorial propio.

e) Debatir y adoptar cuantos documentos enriquezcan el pensamiento político del PPE-USA, definan su oferta electoral o afecten a la estrategia y gestión del Partido.

Artículo 20: Proceso electoral interno

Los Congresos del Partido elegirán a quienes tienen que ostentar las funciones de dirección
mediante sistema de voto mayoritario a una sola vuelta y con arreglo a los siguientes
criterios:

a) El Congreso elegirá en lista cerrada al Presidente y a los vocales del Comité Ejecutivo,
hasta un máximo de 10.

b) En todos los procesos electorales internos, ningún compromisario podrá figurar en dos o más candidaturas, ni avalar con su firma más de una.

c) El ejercicio del derecho de voto será indelegable.

 


CAPÍTULO TERCERO: DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL PARTIDO ENTRE CONGRESOS

Sección Primera: DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS

Artículo 21: Régimen de la Junta Directiva

21.1 La Junta Directiva es el máximo Órgano de Dirección del Partido entre Congresos.

21.2 La Junta Directiva se reunirá ordinariamente, al menos, una vez cada seis meses. Con
carácter extraordinario se reunirá cuando la convoque el Presidente, tanto por su propia
iniciativa como por acuerdo del Comité Ejecutivo, o a solicitud de tres quintos de sus
vocales.

21.3 La convocatoria de la Junta Directiva deberá efectuarse por escrito, con inclusión del
orden del dia, con una antelación de cinco dias, salvo casos de urgencia.

21.4 El Secretario General, o en caso de ausencia el vocal designado por el Presidente,
levantará acta de cada reunión de la Junta Directiva, de la que se remitirá copia a cada uno
de los miembros de la Junta. Salvo en casos de urgencia, el acta no será firme hasta haber
sido aprobada por la Junta en la primera reunión que celebre.

Artículo 22: Competencias de la Junta Directiva

22.1 La Junta Directiva ejerce las facultades siguientes :

a) Impulsar el cumplimiento de los programas, acuerdos y directrices emanadas del Congreso del Partido y controlar la gestión del Comité Ejecutivo.

b) Recibir y debatir informes y proyectos sobre la organización, estrategia y programas del Partido y formular a los Órganos superiores del mismo cuantas preguntas estimaren convenientes.

c) Velar por el cumplimiento de los Estatutos del Partido Popular y demás preceptos que constituyen el ordenamiento interno del Partido, y aprobar o modificar el Reglamento de organización del PPE-USA.

e) Conocer las modificaciones efectuadas por el Comité Ejecutivo en los Órganos de gestión, coordinación y estudio del Partido, asi como los nombramientos que en cada caso haya efectuado el Presidente o el Secretario General.

f) Proveer las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva.

g) Convocar los Congresos del Partido.

22.2 Además de las competencias previstas en el párrafo anterior la Junta Directiva del PPE-USA tendrá exclusivamente, las de interpretar el Reglamento de Organización.

22.3 La Junta Directiva podrá delegar en algún Órgano de dirección del Partido, por acuerdo de
la mayoría absoluta de sus miembros, algunas de sus competencias, especificando en el
acuerdo cuáles son las afectadas y el tiempo por el que se otorga la delegación.

Artículo 23: Composición de la Junta Directiva

23.1 La Junta Directiva del Partido Popular de España en Estados Unidos estará integrada por:

a) Los miembros del Comité Ejecutivo.
b) El Presidente Fundador.
c) Hasta cinco vocales, por invitación del Presidente.
d) Los Delegados Territoriales.

23.2 El Presidente del Partido podrá invitar a cualquier afiliado para que asista a la Junta Directiva o rinda ante la misma los informes que se le soliciten.


Sección Segunda: DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS

Artículo 24: Régimen y Composición del Comité Ejecutivo

24.1 El Comité Ejecutivo es el Órgano de Gobierno y administración del Partido entre Congresos.

24.2 El Comité Ejecutivo estará integrado por :

a) Miembros electos: el Presidente y hasta diez vocales, elegidos por el Congreso.
b) Miembros natos: el Presidente de Nuevas Generaciones en Estados Unidos, si no hubiese sido elegido en el Congreso.
c) Hasta tres vocales, elegidos por el propio Comité Ejecutivo.

24.3 El Comité Ejecutivo se reunirá ordinariamente, al menos, una vez cada tres meses, por convocatoria del Presidente. Con carácter extraordinario se reunirá cuando así lo convoque el Presidente o a petición de tres quintos de sus componentes.

24.4 La convocatoria del Comité Ejecutivo deberá efectuarse por escrito, con expresión de su orden del dia y con una antelación mínima de setenta y dos horas, salvo en casos de urgencia en que no será necesario plazo de convocatoria.

24.5 El Presidente declarará válidamente constituido el Comité Ejecutivo, en primera convocatoria, cuando se hallen presentes la mitad más uno de sus componentes, y en segunda convocatoria –treinta minutos después de la primera – cualquiera que sea el número de los presentes.

Artículo 25: Competencias del Comité Ejecutivo

25.1 El Comité Ejecutivo ostentará las siguientes competencias :

a) Ordenar, coordinar y controlar todas las actividades del Partido y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos y directrices emanados del Congreso y de la Junta Directiva.

b) Elaborar y adoptar cuantos informes y propuestas hayan de ser sometidas al Congreso o a la Junta Directiva.

c) Definir la estrategia general del Partido y sus pronunciamientos políticos y programáticos, y establecer las líneas maestras de la acción política de los diversos grupos institucionales, aprobar sus Reglamentos y nombrar y cesar a los portavoces y cargos directivos de aquéllos.

d) Nombrar, de entre sus miembros, a propuesta del Presidente, al Secretario General, Vicesecretarios Generales, Secretarios de Área, Tesorero y aprobar las modificaciones, supresiones o refundiciones que afecten a la organización y funcionamiento interno.

e) Nombrar Comisiones que gobiernen transitoriamente alguna de las organizaciones territoriales dependientes de ellas, siempre que se aprecien graves circunstancias que así lo aconsejen. De la misma forma podrá asumir el gobierno de alguna de esas organizaciones, a través de las personas que designe. En ambos casos la transitoriedad de la situación no podrá exceder de seis meses. Trancurrido dicho período de tiempo se convocarán elecciones en los dos meses siguientes.

f) Recibir la dimisión de las personas que ostenten funciones en los Órganos de Gobierno y proveer su sustitución.

g) Resolver los conflictos que pudieran producirse entre las entidades territoriales de la organización.

h) Instar la apertura de expediente disciplinario ante el Comité de Derechos y Garantías.

i) Convocar sesión de cualquier órgano del Partido, que dependa de ellos, con expresión en el orden del dia del motivo de la convocatoria.

j) Elaborar y aprobar el Presupuesto ordinario y aquellos otros de naturaleza electoral o extraordinaria, asi como cuantas ampliaciones o modificaciones tengan relación con ellos. Igualmente, aprobar todas las acciones conducentes a la obtención de ingresos para el Partido.

k) Elaborar los programas de acción preelectoral y electoral y delegar, si lo estima oportuno, en Comisión creada al efecto el ejercicio de las competencias de organización y ejecución de la campaña electoral.

l) Decretar la baja en el Partido de aquellos afiliados incursos en alguno de los supuestos tipificados en los Estatutos del Partido.

m) Elegir, de entre sus miembros, a quién tenga que dirigir el Partido en el caso de dimisión o fallecimiento del Presidente, elevando dicha propuesta a la Junta Directiva.

n) Autorizar y aprobar los actos políticos, jurídicos y de gestión de los Órganos unipersonales del Partido.

o) Autorizar la celebración de congresos asamblearios de las organizaciones territoriales.

p) Nombrar a las personas que han de ostentar la representación del Partido en las diferentes instituciones, corporaciones, sociedades, empresas públicas, fundaciones, etc y cuyo ámbito no exceda del territorio estadounidense.

q) Nombrar al Presidente y a los miembros del Comité Electoral.

r) Nombrar a los Delegados Territoriales del PPE-USA dentro de los Estados Unidos de América.

s) Nombrar hasta tres personas para que pasen a ser vocales del Comité Ejecutivo, que por razones de oportunidad sea conveniente incorporar.

t) Crear y supervisar una entidad, con personalidad jurídica propia, según la legislación estadounidense aplicable.

25.2 El Comité Ejecutivo podrá constituir Comisiones Delegadas para la realización de trabajos o estudios específicos. Asimismo podrá delegar parte de sus funciones en el Comité de Dirección de forma temporal o permanente.

Artículo 26: Organización interna del Comité Ejecutivo

El Comité Ejecutivo se vertebra internamente mediante la atribución de responsabilidades específicas de coordinación y de gestión a todos o a algunos de sus miembros, atendiendo a las necesidades políticas y materiales del Partido.

Sección Tercera: DE LA CONVENCIÓN DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS

Artículo 27: La Convención del PPE-USA

La Convención del PPE-USA es un Órgano del Partido de naturaleza consultiva que evaluará cuando se convoque las políticas que el mismo desarrolla y debatirá resoluciones que proponga el Comité Ejecutivo o la Junta Directiva. La Convención podrá ofrecer orientaciones, sugerencias y hacer balance de las políticas del partido.
La Convención estará integrada por los afiliados al PPE-USA.


Sección Cuarta: DE LA PRESIDENCIA

Artículo 28: El Presidente del PPE-USA

28.1 El Presidente es el máximo responsable del Partido Popular de España en Estados Unidos y ejerce las facultades siguientes :

a) Ostentar la representación política y legal del Partido en Estados Unidos, y presidir la Junta Directiva y el Comité Ejecutivo, en cuyas sesiones dispondrá de voto de calidad en los supuestos de empate.

b) Adoptar las medidas convenientes para el cumplimiento y desarrollo de los acuerdos emanados del Congreso, de los órganos de gobierno o de aquellos otros de superior competencia estatutaria.

c) Proponer al Comité Ejecutivo los nombramientos de Secretario General, Vicesecretarios Generales, Secretarios de Área, y de Tesorero.

d) Proponer al Comité Ejecutivo el nombramiento del Presidente y miembros del Comité Electoral y del Comité de Derechos y Garantías.

e) Coordinar la acción política del Partido y autorizar necesariamente toda declaración que se haga en nombre del PPE-USA o que afecte o comprometa políticamente a éste.

f) Proceder directamente a la apertura de expediente disciplinario, suspendiendo provisionalmente al afiliado de todas las responsabilidades que ostente en el Partido.

g) Delegar en el Secretario General sus funciones, en caso de enfermedad o ausencia fuera del territorio de Estados Unidos.

h) Someter al Comité Ejecutivo la propuesta de distribución de competencias entre las áreas de actividad, asi como su modificación, supresión o refundición.

i) Nombrar hasta cinco Vocales de la Junta Directiva en el supuesto de personalidades relevantes integradas en el Partido con posterioridad a la celebración del último Congreso, o de afiliados que por razones especiales sea conveniente incorporar a dicho órgano.

j) Relevar a cualquier miembro del Comité Ejecutivo de sus cargos y funciones en el mismo y proveer su sustitución de entre los miembros de dicho Comité.

k) Designar a las personas que hayan de incorporarse al Comité Ejecutivo por dimisión o fallecimiento de alguno de sus miembros.

l) Delegar alguna de sus competencias en el Secretario General o en otro miembro del Comité Ejecutivo.

m) Proponer a la Junta Directiva la creación de Comisiones de Estudio del Partido y a las personas que han de presidirlas que, en todo caso, deberán estar afiliadas al Partido.

n) Proponer a la Junta Directiva la convocatoria de Convenciones del PPE-USA.

28.2 En caso de urgente necesidad el Presidente podrá asumir las competencias de los órganos colegiados que estime necesarias y proporcionadas para la solución de la emergencia de que se trate, con carácter temporal hasta la reunión del Comité Ejecutivo o la Junta Directiva, a los que dará cuenta a efectos de control y eventual ratificación de las medidas adoptadas.

Sección Quinta: DE LA SECRETARÍA GENERAL

Artículo 29: El Secretario General

29.1 El Secretario General del PPE-USA será nombrado por el Comité Ejecutivo, a propuesta del Presidente, de entre los miembros elegidos para este Órgano por el Congreso del Partido.

29.2 Corresponde al Secretario General del Partido :

a) La ejecución, bajo la dirección del Presidente, de los acuerdos, directrices y decisiones, adoptados por el Comité Ejecutivo y la Junta Directiva, de cuyas reuniones levantará Acta, que se custodiará en el Libro correspondiente, pudiendo auxiliarse para esta función de un Secretario de Actas que asistirá a las reuniones sin voz ni voto.

b) Las relaciones con la Secretaría Ejecutiva de Asuntos Sociales del Partido Popular.

c) La coordinación, a través de los Vicesecretarios Generales y de los Secretarios de Área de las áreas de actividad del Partido.

d) La dirección de todos los servicios del Partido y la jefatura de su personal.

e) La adopción de las medidas precisas para garantizar la información adecuada a los afiliados, la comunicación entre éstos y su participación activa en la vida interna del Partido.

f) Realizar el seguimiento de la aplicación de los programas electorales.

29.3 Al Secretario General corresponde la suplencia ordinaria del Presidente del Partido. A su vez, las funciones y competencias del Secretario General podrán ser delegadas temporal o permanentemente en un Vicesecretario General.

Artículo 30: Los Vicesecretarios generales

30.1 Los Vicesecretarios generales, bajo la dependencia del Secretario General, dirigen y coordinan la actuación y desarrollo de las áreas de actividad que les sean atribuidas por el Comité Ejecutivo, velan por la eficacia de los servicios adscritos a tales áreas, y sustituyen al Secretario General en la actividad ordinaria.

30.2 El Secretario General designará, de entre los Vicesecretarios generales, al que habrá de sustituirle en la actividad ordinaria.

Artículo 31: Los Secretarios de Área

Los Secretarios de Área, bajo la dependencia del Secretario General, dirigen la actividad de las áreas de :

• Organización
• Comunicación
• Estudios y Formación
• Participación y Acción Sectorial
• Política social

Estas áreas son susceptibles de cambio o modificación por el Comité Ejecutivo.

Asimismo les corresponde garantizar el adecuado funcionamiento y la consecución de los objetivos asignados a los departamentos adscritos a las mismas.

Artículo 32: El Tesorero

El Tesorero será nombrado por el Comité Ejecutivo, a propuesta del Presidente, de entre los miembros elegidos para este Órgano por el Congreso del Partido, y desarrollará las funciones que legalmente le correspondan y aquellas que le encomiende el Comité Ejecutivo.

Artículo 33: Las Delegaciones Territoriales

1. El PPE-USA se implanta a lo largo de lo largo de los Estados Unidos de América a través de Delegaciones Territoriales.

2. Cada Delegado Territorial será nombrado por el Comité Ejecutivo del PPE-USA.

3. El Comité Ejecutivo establecerá la ciudad que es sede de la Delegación Territorial así como el ámbito geográfico que se le asigna a cada Delegación.

4. El Delegado Territorial podrá contar, si así lo autoriza el Comité Ejecutivo, con un Consejo Asesor Territorial, formado por afiliados de su ámbito geográfico.

5. Cada Delegado Territorial forma parte de la Junta Directiva del PPE-USA.

6. Las funciones de los Delegados Territoriales son servir de cauce entre los afiliados y los Órganos directivos del PPE-USA, representar –por delegación del Comité Ejecutivo- al PPE-USA y realizar cuantas actividades sean necesarias a favor del Partido Popular, dentro de su ámbito geográfico.

 

CAPÍTULO CUARTO: DE LOS ÓRGANOS ESPECIALIZADOS

Sección Primera: DEL COMITÉ ELECTORAL

Artículo 34: Régimen y competencias del Comité Electoral

34.1 El Comité Electoral es el órgano competente para todos los asuntos relativos a la confección de candidaturas dentro del ámbito territorial de Estados Unidos. El Comité está compuesto por un Presidente, un Secretario y cuatro vocales nombrados por el Comité Ejecutivo, asi como por un Vocal de Nuevas Generaciones del PPE-USA designado por el Comité Ejecutivo de esta organización.

34.2 El Comité Electoral aprobará o modificará la propuesta de candidatura del PPE-USA que se le eleve al Consejo de Residentes Españoles en Estados Unidos, si bien en caso de modificación deberá realizar informe sobre los motivos que han aconsejado tal decisión, sometiéndolo al Comité Ejecutivo. Asimismo conoce la inclusión de afiliados al PPE-USA en las candidaturas a las elecciones municipales en Estados Unidos que presenten los partidos políticos afines.

34.3 El Comité Electoral podrá solicitar asesoramiento de aquellos cargos directivos del Partido que estimen conveniente. Asimismo podrá promover la participación de los distintos Órganos territoriales del Partido en la confección de las candidaturas, así como la posterior designación de los cargos públicos en los ámbitos de sus respectivas competencias.

34.4 El Comité Electoral designa representante legal de la candidatura en su correspondiente circunscripción.


TÍTULO TERCERO - DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL Y ECONÓMICO DEL PARTIDO

Artículo 35: Régimen Patrimonial

35.1 El PPE-USA podrá ostentar plena capacidad jurídica y de obrar, constituyendo su patrimonio el conjunto de bienes y derechos que le pertenecen o que pueda adquirir y de los que podrá disponer o enajenar por cualquier título.

35.2 Los recursos del PPE-USA estarán constituidos por las cuotas de todos los afiliados y por las aportaciones voluntarias de éstos ; por las subvenciones que reciba del Partido Popular ; por los rendimientos de su propio patrimonio ; por el producto generado por las actividades que se organicen y por las donaciones, herencias o legados que reciba.

35.3 El importe mínimo de las cuotas a satisfacer por todos los afiliados será señalado por el Comité Ejecutivo, que arbitrará también un sistema de participación de las organizaciones territoriales en los recursos e ingresos del Partido, a fin de determinar una distribución solidaria y equitativa de los mismos.

Artículo 36: Ejercicio económico y Presupuestos

36.1 El ejercicio económico del Partido tendrá la duración del año natural y se cerrará a 31 de diciembre con el visto bueno del Presidente, autorización del Secretario General e intervención del Tesorero.

36.2 El Presupuesto anual del Partido deberá ser aprobado por el Comité Ejecutivo dentro de los noventa primeros dias hábiles del nuevo ejercicio. Cuando en el transcurso de un ejercicio corresponda la convocatoria de elecciones podrá elevarse también un Presupuesto Especial en el que se contemplen las previsiones de ingresos y gastos necesarios para la concurrencia del Partido a dichos comicios.

TÍTULO CUARTO - DE LAS NUEVAS GENERACIONES DEL PARTIDO POPULAR DE ESPAÑA EN ESTADOS UNIDOS

Artículo 37: Carácter, afiliación y régimen

37.1. Nuevas Generaciones del PPE-USA es una organización constituida en el seno del PPE-USA con órganos electos propios para promocionar la plena participación de los jóvenes en la vida interna del Partido y contribuir al pleno desarrollo del artículo 48 de la Constitución Española.

37.2 Podrá afiliarse a Nuevas Generaciones del PPE-USA cualquier joven mayor de 16 años y menor de 28 años que no pertenezca a otro partido político, ni asociación con fines contrarios a los señalados en los Estatutos de Nuevas Generaciones y en los Estatutos Nacionales del Partido Popular.

37.3 Los afiliados a Nuevas Generaciones del PPE-USA lo serán también del PPE-USA en el momento en que alcancen la mayoría de edad, adquiriendo en ese momento los mismos derechos y deberes que los demás afiliados del Partido conforme a lo establecido en el Título Primero de los Estatutos del Partido Popular.

37.4 Nuevas Generaciones del PPE-USA elaborará su propio Reglamento ajustándose en todo caso, a los principios políticos y criterios organizativos contenidos en los Estatutos del Partido Popular y en el presente Reglamento y contando, para la realización de sus fines, con el apoyo de los medios materiales precisos aportados por la organización del PPE-USA.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

A efectos del cómputo de congresos ordinarios, el Partido Popular de España en Estados Unidos celebró su 1er Congreso el 30 de abril de 2006.

DISPOSICIÓN FINAL

En el supuesto de discrepancia, no subsanable por la Junta Directiva, entre lo establecido en el presente Reglamento y los Estatutos Nacionales, prevalecerá lo establecido en estos últimos, resolviendo las dudas, en su caso, el Comité Ejecutivo Nacional.